Documentación

Pasaporte.

Una normativa europea del año 2003 regula los traslados de perros, gatos y hurones entre países de la CEE así como sus movimientos hacia y desde países terceros.

Para viajar a la mayor parte de los países europeos es obligatorio que el animal esté vacunado de la rabia, microchipado y con el pasaporte en regla. Este pasaporte será expedido siempre por un veterinario colegiado.

Antes de viajar con su mascota es importante que se informe de cuáles son los requerimientos específicos del país al que se dirige, y, sobre todo, que realice los trámites con tiempo, ya que para el traslado a ciertas zonas ( Gran Bretaña, por ejemplo), son necesarias analíticas que deben realizarse varios meses antes del traslado.

Informe técnico sanitario para núcleos zoológicos.

Los establecimientos donde habita un número elevado de animales (perreras para perros de caza o mushing, protectoras de animales…) están obligados a darse de alta como núcleo zoológico.

Nuestros veterinarios le realizarán el informe técnico necesario dentro del proyecto que deberá presentar para dar de alta su instalación en el Registro de Núcleos Zoológicos.